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Cártel De Coches. Macrodemanda Contra Mercedes, Nissan Y Toyota.

Cártel de Coches. Macrodemanda contra Mercedes, Nissan y Toyota.

Cártel de Coches. Macrodemanda contra Mercedes, Nissan y Toyota.

Tal y como hemos podido saber, hoy día 16 de febrero de 2024, La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha presentado una macrodemanda en relación al Cártel de Coches contra las marcas Mercedes, Nissan y Toyota.

Conviene destacar dos aspectos importantes de esta noticia que hemos conocido. Por un lado, entendemos que se trataría de un error demandar a Mercedes por su participación en el Grupo de intercambio de información relativa a la venta de los vehículos. Esta Marca fue sancionada por participar en el Cártel durante el periodo (marzo 2010 – febrero 2011), pero se hizo en base a las pruebas que determinaron una acción anticompetitiva en la fase de posventa. Como ya indicamos en su momento (https://www.consultorestecnicos.es/cartel-de-coches-mercedes-benz-no-es-infractora/) desde www.consultorestecnicos.es consideramos que Mercedes no habría participado de forma directa en el club de marcas y por tanto, demandar a Mercedes por la venta de sus vehículos, obligaría a una acción stand alone y habría que demostrar el nexo causal. En nuestro Informe Pericial, entendemos que Mercedes de inicio ha de ser contemplada como contrafactual, es decir, hemos de tomar los datos que obtenemos para calcular el sobrecoste como precios no afectados. Existe una posibilidad real de intoxicación en los precios en la venta de los coches de la marca Mercedes, gracias al intercambio de información de la posventa (también hemos hablado sobre esto (https://www.consultorestecnicos.es/cartel-de-coches-mismo-infractor-bmw/)) y esto haría reducir el sobrecoste por comparativa.

Por otro lado, en el artículo se menciona lo siguiente “Junto a ello, explicó que, por tratarse de una acción colectiva ejercida por la organización en su condición de asociación de consumidores, debe llevar a cabo el llamamiento de “posibles perjudicados” al que “obliga” la Ley de Enjuiciamiento Civil.” Con este párrafo, la OCU se está refiriendo al Anteproyecto de Ley de acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, que prevé crear un procedimiento especial y promueve el uso de herramientas, como plataformas electrónicas, que permitan una tramitación más ágil y un acceso directo y sencillo para los afectados. Según la directiva, las normas de transposición tenían que haberse aprobado antes del pasado 25 de diciembre de 2022 y aplicarse a partir del 25 de junio de 2023. En este sentido, el pasado 20 de diciembre el Gobierno aprobó el anteproyecto y recientemente ha publicado su contenido, que se encuentra en tramitación.

Sin duda este Anteproyecto de Ley puede tener una trascendencia muy relevante y estaremos muy atentos a su desarrollo.

(https://www.expansion.com/juridico/actualidad-tendencias/2021/11/08/61897091468aeb153c8b46a7.html)

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