Para una visión completa y actualizada del procedimiento, las sentencias recientes, las indemnizaciones reclamables y la importancia del Informe Pericial económico, puede consultar nuestra guía principal sobre el Cártel de la Leche 2026.
Cártel de la Leche. El TS inadmite el Recurso de Casación de Nestlé.
Las multas impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al cártel de la leche que pactó y fijó precios de compra de la leche cruda de vaca entre los años 2000 y 2013 empiezan a resolverse en los tribunales. Algunas empresas sancionadas como Lactalis, Capsa -propietaria de Central Lechera Asturiana-, Danone o Nestlé llevaron al Tribunal Supremo los recursos, después de que la Audiencia Nacional determinase la existencia de un cártel que perjudicó a decenas de miles de ganaderos y rebajase de 80 a 28 millones las multas inicialmente impuestas a las ocho empresas. Como siempre, desde Consultores Técnicos informamos sobre estas resoluciones (https://consultorestecnicos.es/la-audiencia-nacional-ratifica-la-infraccion-del-cartel-de-la-leche/).
La Audiencia Nacional respaldó entonces las sanciones a Lactalis (11,6 millones de euros); a Calidad Pascual (8,5 millones); a Nestlé (6,8 millones), a Schreiber Food -fabricante de yogures para Mercadona- (929.644 euros); y a Celega, proveedora de Schreiber, (53.310 euros). Sin embargo, obligó a recalcular otras como las adjudicadas a Capsa (21,8 millones), Danone (20,3 millones) e Industrias Lácteas Granada Puleva (10,2 millones). Entendió que algunos de los periodos investigados están prescritos.
Recientemente hemos tenido acceso a un Auto (ATS_6843_2025) fechado el 16 de julio, donde los magistrados del Alto Tribunal inadmiten un recurso de casación presentado por Nestlé España contra la sentencia de la Audiencia Nacional y, por tanto, avalan así la sanción de 6,8 millones. Según indica el Auto, Nestlé cuestionó la calificación de los hechos como infracción única y continuada y defendió que los intercambios de información no eran necesariamente anticompetitivos «por objeto». El Supremo determina que no aprecia interés casacional para revisar la sentencia, y rechaza que se haya producido caducidad, siguiendo su propia doctrina de 2020, además de desestimar que la supuesta omisión de la propuesta de sanción tuviera entidad suficiente como para provocar la nulidad del procedimiento.
Sin duda una buenísima noticia para el sector después de algunas Sentencias desestimatorias por inexistencia de firmeza en la Sentencia (https://consultorestecnicos.es/cartel-de-la-leche-nueva-sentencia-desestimatoria/).
Este pronunciamiento debe analizarse conjuntamente con la evolución más reciente de las reclamaciones derivadas del Cártel de la Leche y de las últimas resoluciones judiciales dictadas en 2025 y 2026 (análisis del cártel de la leche 2026).

