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La Sentencia 1635/2026, de 21 de octubre, del Tribunal Supremo confirma el derecho de los ganaderos a ser indemnizados por el Cártel de la Leche y rechaza la prescripción en el procedimiento examinado. Aunque mantiene una indemnización del 2 %, la resolución pone de manifiesto la importancia de contar con informes periciales económicamente sólidos para acreditar la verdadera dimensión del perjuicio.

La primera sentencia del Tribunal Supremo sobre reclamaciones de daños derivadas del Cártel de la Leche supone un importante avance para los ganaderos perjudicados.

El Alto Tribunal confirma la indemnización reconocida por la Audiencia Provincial de Barcelona frente a Danone, Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA) e Industrias Lácteas de Granada.

La resolución también contiene un pronunciamiento favorable sobre la prescripción y respalda la posibilidad de estimar judicialmente el daño cuando existen dificultades para determinar su importe exacto.

Sin embargo, uno de los aspectos más relevantes de la sentencia está relacionado con la valoración de los informes periciales aportados al procedimiento.

El Supremo no establece que el perjuicio ocasionado por el Cártel de la Leche sea necesariamente del 2 % en todas las reclamaciones.

Ese porcentaje responde a una estimación judicial realizada en un litigio concreto, después de que los informes económicos presentados no permitieran acreditar con suficiente fiabilidad una cuantificación precisa del daño.

El Supremo confirma el derecho de los ganaderos a reclamar indemnizaciones

La Sentencia 1635/2026, de 21 de octubre, constituye un precedente especialmente relevante para los procedimientos derivados del Cártel de la Leche.

El Tribunal Supremo desestima los recursos de casación admitidos de Danone y CAPSA, confirma la existencia de un perjuicio indemnizable y mantiene el criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona.

También rechaza la prescripción alegada por las industrias lácteas en este litigio.

Este último pronunciamiento tiene especial importancia porque la prescripción ha sido uno de los principales argumentos utilizados por las empresas demandadas frente a las reclamaciones de los ganaderos.

Aunque cada procedimiento debe analizarse individualmente, la sentencia refuerza la posición de los perjudicados y aporta una referencia jurisprudencial favorable.

Para conocer la evolución de los procedimientos, las principales resoluciones judiciales y los criterios utilizados para cuantificar los perjuicios, puede consultar nuestra guía sobre el Cártel de la Leche: sentencias, indemnizaciones e informe pericial.

Además, confirma que las dificultades para cuantificar exactamente un perjuicio no impiden necesariamente reconocer una indemnización.

¿Por qué el Tribunal Supremo confirma una indemnización del 2 %?

La indemnización del 2 % reconocida en este procedimiento ha generado un importante debate. Este porcentaje ya había sido fijado en la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, cuyo alcance analizamos anteriormente en nuestro artículo sobre el Cártel de la Leche y la indemnización del 2 %.

Los ganaderos habían aportado un informe económico elaborado por Oxera Consulting que cuantificaba unos daños considerablemente superiores.

Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Supremo cuestionaron aspectos relevantes de su metodología.

Entre las principales debilidades identificadas destacan:

  • La utilización de determinados procedimientos de deflactación.
  • La selección y el tratamiento de las variables económicas incorporadas al modelo.
  • La exclusión o insuficiente utilización del período posterior a la infracción como referencia comparativa.
  • Los resultados obtenidos mediante la aplicación del modelo a Francia.
  • Las dificultades para acreditar la robustez de las estimaciones y aislar adecuadamente el efecto de las conductas anticompetitivas.

Uno de los elementos más significativos fue que la aplicación del modelo económico al mercado francés arrojaba un infraprecio semejante al español, pese a que en Francia no se había producido la conducta sancionada por la CNMC.

Esta circunstancia cuestionó la capacidad del modelo para identificar correctamente el perjuicio atribuible a la infracción.

Los informes económicos presentados por las industrias tampoco consiguieron excluir suficientemente la existencia del daño.

Ante esta situación, la Audiencia Provincial recurrió a la estimación judicial, fijando un perjuicio del 2 %, posteriormente confirmado por el Supremo.

Por tanto, el 2 % no debe interpretarse como un límite general establecido para todas las reclamaciones, sino como el resultado de una valoración judicial basada en las pruebas y circunstancias de ese procedimiento.

La cuantía también se justificó atendiendo a la intensidad, duración y características de las conductas sancionadas, por lo que no puede atribuirse exclusivamente a las deficiencias periciales.

La calidad del informe pericial puede ser determinante para superar el 2 %

La sentencia pone de manifiesto una cuestión esencial para los despachos de abogados que tramitan reclamaciones del Cártel de la Leche.

No basta con presentar un informe que estime un determinado porcentaje de infraprecio.

Es necesario acreditar que la metodología permite identificar adecuadamente el efecto de las conductas anticompetitivas, diferenciándolo de otras circunstancias que pudieran haber influido sobre los precios percibidos por los ganaderos.

La elección de los mercados comparables, la comprobación de tendencias, la incorporación de variables de control y la realización de pruebas de robustez adquieren así una especial importancia.

La diferencia entre una estimación judicial del daño y una cuantificación económica aceptada por el tribunal puede depender, en buena medida, de la solidez de la prueba pericial aportada.

Esto abre un escenario especialmente interesante para las reclamaciones pendientes que dispongan de informes económicos con metodologías suficientemente contrastadas.

Las fortalezas del informe pericial de Consultores Técnicos

En Consultores Técnicos hemos desarrollado un informe pericial específico para cuantificar los perjuicios económicos derivados del Cártel de la Leche, basado en una metodología económica que permite analizar el daño y justificar técnicamente las estimaciones obtenidas.

Nuestro planteamiento se apoya en herramientas econométricas orientadas a ofrecer una estimación del daño verificable, reproducible y susceptible de defensa en sede judicial.

Varios de los elementos de nuestra metodología están directamente relacionados con las cuestiones que el Tribunal Supremo considera relevantes al valorar la prueba pericial económica.

Modelos econométricos de diferencias en diferencias

Nuestro informe utiliza una metodología de diferencias en diferencias (DiD), con efectos fijos, para analizar la evolución de los precios en el mercado afectado frente a mercados comparables.

El objetivo es identificar el posible impacto económico de la infracción y diferenciarlo de otros factores que influyen en el precio de la leche.

Selección y justificación de mercados comparables

El modelo utiliza dos mercados concretos como mercados de referencia, cuya elección se fundamenta en criterios económicos y análisis de comparabilidad.

Este aspecto adquiere especial relevancia a la vista de las objeciones que la sentencia formula sobre los resultados del experimento francés realizado en el informe Oxera.

La validez de un mercado comparable no depende exclusivamente de que sus precios evolucionen de manera semejante, sino de la justificación económica y estadística de la comparación.

Análisis de tendencias paralelas

Nuestro estudio incorpora comprobaciones de tendencias paralelas, una de las condiciones fundamentales para evaluar la validez de los modelos de diferencias en diferencias.

Estas pruebas permiten analizar si los mercados utilizados ofrecen una base razonable para construir el escenario contrafactual.

Variables de control y contrastes econométricos

El informe incorpora variables destinadas a controlar los principales factores económicos que pueden afectar al mercado lácteo.

Asimismo, contempla pruebas de robustez y especificaciones alternativas para examinar la estabilidad de las estimaciones.

Estos contrastes resultan especialmente importantes cuando los tribunales cuestionan si el perjuicio estimado responde realmente a la infracción o a otros factores ajenos a ella.

Cuantificación individual del perjuicio

La metodología permite conectar los resultados econométricos con los datos y la documentación de cada explotación ganadera.

Esto facilita el análisis individualizado de los volúmenes comercializados, los períodos afectados y los importes correspondientes a las operaciones realizadas.

Nuestro informe permite cuantificar el infraprecio mediante un modelo econométrico propio

El modelo econométrico principal desarrollado por Consultores Técnicos ha obtenido una estimación de infraprecio, con significación estadística.

Este resultado procede de nuestro análisis económico y no debe confundirse con un porcentaje indemnizatorio reconocido judicialmente.

La comparación con el 2 % confirmado por el Tribunal Supremo pone de manifiesto la importancia de distinguir entre dos situaciones:

Por un lado, la estimación judicial realizada cuando el tribunal considera que la prueba económica no permite determinar con suficiente precisión el perjuicio.

Por otro, la cuantificación obtenida mediante un modelo econométrico que debe someterse a valoración judicial y justificar la fiabilidad de sus resultados.

Nuestro informe incorpora herramientas metodológicas destinadas precisamente a afrontar varias de las objeciones que han resultado relevantes en la sentencia del Supremo.

La eventual aceptación de nuestro infraprecio, o de cualquier otra cuantificación, dependerá naturalmente de su valoración en cada procedimiento.

El 2 % no constituye un techo indemnizatorio para el Cártel de la Leche

Una de las principales conclusiones de la sentencia es que no existe una presunción legal que establezca un porcentaje único de daño para todas las reclamaciones derivadas de infracciones del Derecho de la Competencia.

El Supremo reconoce que los órganos judiciales pueden realizar una estimación razonada cuando se acredita la existencia del perjuicio, pero su cuantificación exacta resulta especialmente difícil.

Sin embargo, esa posibilidad no impide que en otros procedimientos puedan reconocerse porcentajes distintos cuando existan pruebas económicas capaces de justificar una valoración diferente.

Por tanto, la indemnización del 2 % confirmada en esta sentencia no cierra la puerta a compensaciones superiores en otras reclamaciones.

Para los despachos que están tramitando procedimientos derivados del Cártel de la Leche, resulta especialmente importante examinar la metodología de los informes periciales disponibles y su capacidad para responder a las objeciones que ya han sido formuladas por los tribunales.

Una sentencia favorable que refuerza el papel de los peritos económicos

La Sentencia 1635/2026 representa un avance para los ganaderos afectados por el Cártel de la Leche.

Confirma el derecho a indemnización, rechaza la prescripción en el procedimiento analizado y avala la estimación judicial del daño.

Pero también deja una enseñanza relevante: la cuantificación económica y la calidad del informe pericial pueden resultar decisivas para determinar el importe de la indemnización.

En Consultores Técnicos consideramos que esta evolución jurisprudencial refuerza la necesidad de disponer de informes econométricos rigurosos, con metodologías justificadas, pruebas de robustez y resultados susceptibles de contraste.

Consultores Técnicos: informes periciales para las reclamaciones del Cártel de la Leche

En Consultores Técnicos colaboramos con despachos de abogados, asociaciones y perjudicados en la cuantificación de daños derivados de infracciones del Derecho de la Competencia.

Disponemos de un informe pericial específico sobre el Cártel de la Leche, elaborado mediante técnicas econométricas y orientado a acreditar los perjuicios económicos soportados por los ganaderos.

Si su despacho está preparando reclamaciones, revisando informes periciales o valorando la estrategia probatoria de procedimientos en curso, podemos estudiar las necesidades concretas de cada caso.

Para conocer los requisitos de una reclamación, la documentación necesaria y los principales aspectos que deben analizarse antes de presentar una demanda, puede consultar nuestra guía para reclamar una indemnización por el Cártel de la Leche en 2026.

El Supremo ya ha confirmado el derecho de los ganaderos a ser indemnizados. El siguiente reto es acreditar con rigor económico la verdadera dimensión del daño.

¿Está tramitando reclamaciones por el Cártel de la Leche?

En Consultores Técnicos podemos facilitarle la Sentencia 1635/2026 del Tribunal Supremo y ampliar información sobre las características y fortalezas de nuestro informe pericial económico.

(Contactar con Consultores Técnicos)